Abogada, Margine Cedeño, secretaria juridica dela Alcaldía de Barranquilla.
Algunas de la pretensiones de la demanda de nulidad al cobro de valorización presentada por el Distrito de Barranquilla son:
- Que se declare la nulidad de la Resolución No.1729 del 26 de mayo de 2023 del INVIAS, “Por medio de la cual se aplica el cobro de la Contribución Nacional de Valorización del Sector transporte en el Proyecto de Infraestructura Vial Cartagena – Barranquilla – Circunvalar de la Prosperidad.”
- Que se declare la nulidad de la Resolución No. 2615 del 27 de junio de 2024
del INVIAS, por medio de la cual modifica y adiciona la Resolución No. 1729 de 2023. - Que, para decidir de fondo sobre las pretensiones de la demanda, se
inaplique por inconstitucional, conforme al artículo 4 de la Constitución
Política o excepción de inconstitucionalidad, la expresión: “o durante” contenida en el artículo 4.1.1.3.6. adicionado por el artículo 1 del Decreto 1255 de 2022 al Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria, y la Ley 2294 de 2023, y se inaplique la expresión “durante y hasta cinco (5) años después del inicio de la operación del proyecto” contenida en el artículo 280 de la Ley 2294 de 2023 que modificó el inciso segundo del artículo 249 de la Ley 1819 de 2016.