EL DECRETO DE EMERGENCIA SE BASA EN LOS MISMOS CRITERIOS QUE EL PROYECTO DE LEY DE FINANCIAMIENTO: PRESIDENTE PETRO.
Trascendió al público el decreto 1390 de 2025, en el que el Gobierno de Gustavo Petro declara el Estado de emergencia económica en Colombia durante 30 dias. Con esta medida se busca recaudar recursos billonarios ante la negativa de la Comisión Séptima del Congreso de archivar la Reforma Tributaria.
Había escrito en X, el ministro de Hacienda, Germán Ávila, que el Gobierno estaba concretando un decreto de emergencia económica ante el hundimiento de la reforma tributaria, la que buscaba recaudar 16,3 billones de pesos para el Presupuesto General de la Nación en 2026
El documento tiene 20 páginas que anuncia los decretos con medidas concretas y advierte «una situación fiscal que adquirió el carácter de grave»
El decreto buscará recoger los $16,3 billones que hacen falta para financiar el Presupuesto General de la Nación de 2026 que contenía el proyecto de Ley de Financiamiento que rechazó el Congreso de la República.
En X, dice el presidente Petro «Los nuevos recursos solo deben salir de los megarricos que han sido los beneficiarios de la política económica. Es una devolución pequeña de los grandes beneficios obtenidos de la sociedad» y continúa manifestando el jefe de Estado «Las condiciones de la emergencia económica por este hechos son evidentes, y si La Corte Constituccional decide derribar también el decreto, entonces la tasa de riesgo país será más grande y la insostenibilidad de la deuda se hará presente con una crisis económica grave: no es amenaza sino simple economía de primer semestre»
Asegura el mandatario de los colombianos que «solo nos endeudamos para pagar la deuda de anteriores gobierno, que en el caso de la deuda interna hecha con nacionales, se eleva, pero solo por el efecto de la tasa de interés del banco de la República»

El presidente Petro había escrito en X «Nos endeudamos para pagar la deuda de anteriores gobiernos»
Se aplicarán impuestos directos e indirectos para las personas naturales y jurídicas con mayor poder contributivo, así como tributos que buscan corregir externalidades negativas en asuntos ambientales y de salud pública.

