Considera el Consejo de Estado suspender la Consulta Popular porque no tuvo el visto bueno del Congreso de la República
Es una decisión que ha tomado El Consejo de Estado y de esta manera el alto tribunal frena temporalmente la consulta popular a la espera de un pronunciamiento de fondo sobe la legalidad del decreto 0639 del presente año 2025.
La decisión la tomó la Sección Quinta, al admitir una demanda que solicita la nulidad del decreto al concluir que se trata de un acto de contenido electoral y sujeto a las exigencias previstas por la Constitucción y la Ley
Explicó el Consejo de Estado que la consulta popular es un mecanismo de participación ciudadana que requiere previamente el concepto del Senado de la República, tal como lo contempla el articulo 2104 de la Constitucción Política y en este caso el requisito no fue cumplido
«Se concluye la exigencia de que, previo a convocar al pueblo a una decisión de trascendencia nacional , se requierer concepto favorables del Senado, el cual, en efecto, en este preciso caso no existe»
Igualmente señala el Consejo de Estado que la suspensión de los efectos jurídicos del decreto tiene carácter preventivo
